Las
10 condiciones
Las
leyes concernientes a las puertas que están obligadas
a tener mezuzá son complicadas. Este bosquejo
tiene como finalidad el dar una idea general más que
una exposición detallada. De este bosquejo cada uno
individualmente puede saber en qué casos especiales
llamar y consultar a un Rabino.
El
Rambam (Maimónides) postula diez condiciones necesarias
para la obligación de la mezuzá. Muchas
de éstas son controvertidas, pero presenta el modelo
más fácil alrededor del cual trazar un bosquejo
1)Puerta
de entrada a una pieza que tiene 4 x 4 amot (medida bíblica
mencionada anteriormente) de superficie.
2)La puerta debe tener jambas en ambos lados (tema controvertido).
3)La
puerta debe tener un travesaño (mashkof).
4)La
puerta debe ser entrada a una pieza con techo (tema controvertido).
5)La
entrada debe tener puerta que abra y cierre (tema controvertido).
6)El
espacio abierto de la puerta debe ser por lo menos 96 cm.
de altura y 38,4cm. de ancho.
7)La
habitación tiene que ser para residencia ordinaria
(y no sagrada).
8)La
habitación tiene que ser para residencia humana (y
no animal).
9)La
habitación tiene que ser para residencia o uso digno.
10)La
habitación tiene que ser para residencia fija.
Definiciones
MEZUZA: Realmente significa marco de la puerta (jamba)
MASHKOF:
Travesaño entre los dos marcos de la puerta.
MEZUZA
ROLLO: Pergamino con la inscripción apropiada (dentro
de un estuche), popularmente llamado simplemente mezuzá.
AMAH:
Medida bíblica. Según Jazon Ish 57.6cm. Y según
el Rav Nae 48cm.
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